“Carta al Director, Diario Finaciero, de fecha 30 de mayo 2025, titulada “Corte Suprema vuelve amarcar el límite” a propósito del caso Monsalve.

“No se trata de un fallo aislado, sino de una línea jurisprudencial persistente que nuestra Excelentísima Corte Suprema ha mantenido inalterable pese al paso del tiempo. El estricto deber de fundamentación, no solo es exigible para resoluciones que ordenen la prisión preventiva, sino también, con igual rigor, para aquellas que rechazan dejarla sin efecto dicha medida cautelar.

Corría octubre del año 2017 cuando, en el marco del caso Operación Huracán, la Corte Suprema dispuso la libertad de ocho comuneros mapuche, por estimar que la resolución que ordenó su prisión preventiva carecía de la debida motivación. Desde entonces, este estándar se ha mantenido firme e inalterable en el tiempo, pese a que los tribunales inferiores han flexibilizado los estándares.

Una y otra vez, el máximo tribunal ha reiterado esta exigencia, puesto que tal como ocurrió recientemente en el caso del exfutbolista Jorge Valdivia y ahora en la situación del exsubsecretario Manuel Monsalve, ambos recuperaron su libertad no por fundamentos concretos sino por la falta de estos.”


Diario Financiero

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