El inicio de la imputación y sus efectos
En Chile, la discusión sobre el uso fraudulento de licencias médicas ha dejado de ser un fenómeno aislado para convertirse en un tema de alta exposición pública. Las denuncias,
fiscalizaciones y querellas se han multiplicado, instalando una narrativa donde la sospecha muchas veces precede al análisis detallado de los hechos. En ese escenario, el riesgo es
evidente: que el reproche social y reputacional se anticipe al resultado judicial, afectando de manera profunda a quienes son objeto de una imputación.
Ese fue el contexto en el que se vio envuelto el médico psiquiatra P.G.C., profesional de destacada y extensa trayectoria, egresado con honores de la facultad de Medicina de la
Pontificia Universidad Católica de Chile, quien fue injustamente querellado por las Isapres Cruz Blanca, Banmédica y Vida Tres entre los meses de agosto y octubre de 2022.

Las querellas dieron origen a una investigación penal en su contra, que lo calificó como “imputado” en la que se le atribuía haber emitido una gran cantidad de licencias médicas
supuestamente falsas durante el período comprendido entre los años 2018 y 2022.
La imputación no era menor. En un entorno particularmente sensible frente a este tipo de conductas, la sola interposición de acciones penales en su contra, promovidas por tres de las Isapres más grandes y poderosas del país, no solo activó la persecución penal, sino que instaló de inmediato una sospecha pública y un daño reputacional profundo, capaces de erosionar la honra, la credibilidad profesional y la confianza construida durante años de ejercicio médico.
Una defensa activa, transparente y no negociable
La defensa fue asumida por los abogados Nelson Salas Stevens y José Pablo Gómez Celis, quienes desde un inicio adoptaron una posición clara: enfrentar la imputación, no
administrarla.
Durante toda la investigación, que se extendió por casi cuatro años, la defensa desplegó una labor activa y confrontacional, orientada a demostrar la inexistencia de delito. No se trató de una defensa pasiva, sino de una estrategia estructurada, consistente en desarticular cada uno de los fundamentos de la imputación mediante antecedentes documentales, análisis técnico y declaraciones de testigos.
En esa línea, el injusto querellado declaró desde los inicios de la investigación y a través de su defensa puso a disposición del Ministerio Público la totalidad de los antecedentes que
acreditaban su inocencia. Adicionalmente, se trabajó en conjunto con el área de análisis y auditoría del estudio, sistematizando la información relativa a más de 300 licencias médicas cuestionadas. En cada caso se detalló el diagnóstico asociado, el folio, la fecha de emisión y la cantidad de días de reposo otorgados, permitiendo demostrar de manera clara que todas correspondían a prestaciones médicas reales.
Paralelamente, la defensa adoptó una decisión estratégica desde el inicio: no aceptar acuerdos ni salidas alternativas que implicaran reconocer, siquiera parcialmente, hechos que no se ajustaban a la realidad. No se trataba de cerrar el caso, sino de sostener una posición de fondo. La inexistencia de delito no era negociable.
A pesar de los antecedentes aportados, la investigación se extendió por un período cercano a los cuatro años, manteniendo vigente una imputación que, en los hechos, ya había sido
desvirtuada en sede investigativa.
El problema de fondo: cuando los promedios sustituyen al análisis clínico
Uno de los aspectos más relevantes del caso fue el fundamento de las querellas. El principal argumento de los querellantes se construyó sobre un criterio estadístico: el número de
licencias médicas emitidas superaba el promedio nacional.
Sin embargo, tal como se expuso durante la investigación, un dato de esa naturaleza, analizado de forma aislada, no constituye prueba de delito. La emisión de licencias médicas debe evaluarse a partir de antecedentes clínicos concretos, no sobre la base de comparaciones generales.

Este punto resulta particularmente relevante si se considera el contexto que ha enfrentado el país en los últimos años. El estallido social y la pandemia generaron un aumento sostenido de patologías de salud mental, lo que necesariamente impactó en la demanda de atenciones psiquiátricas y, por consiguiente, en la emisión de licencias médicas.
Pretender transformar ese contexto en un indicio penal no solo es técnicamente insuficiente, sino que además desconoce la realidad sanitaria del país.
Resolución judicial y confirmación unánime: el estándar del sobreseimiento definitivo
Con la investigación agotada y sin antecedentes que permitieran sostener la imputación, la defensa, a cargo del socio José Pablo Gómez Celis, solicitó al Juzgado de Garantía de
Talagante la fijación de una audiencia de sobreseimiento definitivo, la que se realizó el 3 de octubre de 2025.
El escenario no era menor. Enfrente no solo se encontraba el Ministerio Público, sino también los equipos jurídicos de Cruz Blanca, Banmédica y Vida Tres.
La relevancia del caso radicaba en obtener el sobreseimiento definitivo, una decisión de alto estándar que exige a la defensa acreditar de manera clara la inexistencia de delito. Se trata de una carga probatoria que pocas veces se logra satisfacer.
En este caso, tras escuchar los argumentos de la defensa y la infundada oposición del Ministerio Público y querellantes que pretendían extender aún más esta investigación, el
tribunal resolvió decretar el sobreseimiento definitivo, estimando que los antecedentes reunidos durante la investigación demostraban que el médico no había cometido delito
alguno en la emisión de las respectivas licencias médicas.
Cabe señalar que dicha resolución fue apelada por solo uno de los querellantes. Sin embargo, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó íntegramente lo resuelto en primera instancia.
El costo de ser injustamente imputado
Con el sobreseimiento firme y ejecutoriado, el caso concluyó con el total esclarecimiento de los hechos y la plena desvinculación del médico de cualquier responsabilidad penal.
Sin embargo, la experiencia deja una reflexión inevitable. En contextos de alta exposición pública, la sola interposición de una querella puede generar un daño reputacional
profundo, difícil de revertir incluso cuando la justicia descarta la existencia de delito.
En la legítima persecución de conductas irregulares, el riesgo es claro: terminar metiendo en el mismo saco a quienes abusan del sistema y a quienes ejercen su profesión con seriedad, ética y compromiso. Justos por pecadores.
En lo profesional orgullosos y en lo personal auténticamente alegres por el resultado obtenido.
José Pablo Gómez y Nelson Salas Stevens.
Datos de la causa:
RIT: 3161-2022
RUC: 2210040842-6
Juzgado de Garantía de Talagante


