La investigación conocida como caso SumUp marcó un antes y un después en la fiscalización tributaria chilena. Según cifras del propio Servicio de Impuestos Internos, la evasión inicialmente detectada a partir de las operaciones procesadas por estos dispositivos electrónicos superaría ampliamente los 100 millones de dólares, cifra que pese al monto solo dejaba al descubierto la punta del iceberg y que llevó al Ministerio Público a iniciar investigaciones penales a lo largo de todo el país, dada la envergadura del caso.
El origen del caso resulta peculiar e incluso contradictorio, puesto que fueron las propias declaraciones de impuestos de la empresa SumUp las que dejaron al descubierto las omisiones tributarias de sus propios clientes o usuarios, destapando así un caso que en la actualidad es investigado tanto el SII como el Ministerio Público.
La dinámica era la siguiente, dado que la empresa SumUp declaraba sus impuestos y utilidades en relación directa al cobro de porcentajes (2,9%) sobre las ventas asociadas al uso del mecanismo de pago, ello permitió al SII establecer las ventas de los usuarios o clientes de dicha plataforma, destapando así que gran parte o incluso en algunos casos la totalidad de estas ventas no había sido informada al SII. Este hallazgo abrió la puerta no solo a cientos y miles de iscalizaciones tributarias,
sino también a investigaciones penales vinculadas al delito de omisión maliciosa de impuestos.
A ello se sumó que SumUp generaba un componente tecnológico determinante en la operación de venta que, a diferencia de Transbank, no estaba asociado a un reporte automático en línea con el SII, lo que desde la mirada de las autoridades permitió que miles de operaciones se realizaran en el más absoluto desconocimiento del Servicio, sin dejar rastro alguno en el sistema tributario.
En ese escenario, nuestro estudio asumió la representación de uno de los cientos de contribuyentes investigados en esta trama, causa a cargo de un fiscal especializado en la materia.
Nuestro cliente nos manifestó desde un comienzo su sorpresa ante la situación, ya que durante sus más de veinte años como comerciante jamás había tenido problemas con el Servicio de Impuestos Internos. Explicó que utilizaba la plataforma SumUp únicamente para la venta de cigarrillos y no para otros productos, lo que tenía una explicación clara, puesto que dichas operaciones ya habían pagado impuestos al momento de su adquisición, y esa era la razón por la cual utilizaba SumUp y no Transbank en la venta de cigarrillos.
Sobre esa base, esta defensa tomó contacto con el fiscal a cargo y transparentó la situación, la cual además de lógica demostraba que no existía delito alguno. En ese contexto transcurrieron meses durante los cuales el Ministerio Público solicitó y analizó en detalle la contabilidad del cliente para determinar si las ventas realizadas mediante SumUp, que ya conocía por el porcentaje cobrado por la plataforma, calzaban con su contabilidad, con las facturas de adquisición de cigarrillos, con las ventas informadas y registradas de dichos productos y con el stock existente.
Nuestro estudio asumió la defensa con un enfoque estrictamente técnico y multidisciplinario, combinando lo penal y lo tributario, a fin de demostrar que no existió evasión fiscal alguna. Lo primero fue, junto con el equipo auditor, reconstruir cada operación relevante relacionada con la compra y venta de cigarrillos. Luego se levantó el inventario completo, se analizó la trazabilidad financiera de las compras a proveedores formales y se cotejó cada transacción procesada con SumUp con las existencias reales, los movimientos de bodega y la documentación contable.
El análisis fue categórico: todas las ventas cuestionadas tenían respaldo y correspondían a inventario debidamente adquirido, almacenado y comercializado.
No existía perjuicio fiscal ni omisión tributaria constitutiva de delito, puesto que todas las operaciones realizadas con SumUp correspondían exclusivamente a la venta de cigarrillos.
Dado lo anterior y conforme a lo expuesto, tanto la Fiscalía como el SII no se opusieron al sobreseimiento definitivo, el cual fue decretado judicialmente el 27 de noviembre de 2025 por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. Con ello se puso término, respecto de nuestro representado, a este complejo caso, obteniéndose hasta ahora el único sobreseimiento penal otorgado en toda la trama SumUp, investigación que continúa abierta y que aún no presenta resoluciones similares para otros imputados.
Extracto página 3 acta de audiencia de fecha 27 de noviembre 2025, en causa RIT: 2852-2025, RUC: 2200939542-7
Este caso confirma algo esencial para el derecho penal económico: que la magnitud de una investigación, su impacto mediático o la cuantía involucrada no pueden sustituir la necesidad de demostrar, en cada situación concreta, la existencia real de un delito.
En un proceso marcado por cifras millonarias y proyecciones alarmantes, la defensa técnica permitió demostrar la verdad específica de nuestro representado y obtener el resultado más excepcional posible en un caso de alto perfil: ser hasta ahora el único sobreseído en toda la investigación penal vinculada a SumUp.

