Preguntas frecuentes sobre Delitos contra el Honor (Injurias y Calumnias)

Para personas imputadas

1. ¿Qué puedo hacer si alguien dañó mi reputación con acusaciones falsas?

Puede presentar una querella por los delitos de injurias o calumnias, según corresponda.

Estos delitos solo pueden perseguirse mediante querella presentada por un abogado habilitado.

La calumnia consiste en la imputación falsa de un delito determinado. La injuria corresponde a expresiones o actos que afectan la honra o reputación sin imputar necesariamente un delito.

Sí. Existen fallos judiciales que han condenado expresiones realizadas en redes sociales cuando afectan gravemente la honra.

Pueden utilizarse publicaciones digitales, capturas de pantalla, audios, videos, mensajes y testigos, entre otros medios.

El plazo es de un año contado desde que la persona tomó conocimiento de los hechos.

Es posible alcanzar acuerdos económicos entre las partes, aunque no constituye el objetivo principal del proceso penal.

No. La eliminación posterior no elimina la responsabilidad penal, razón por la cual es fundamental conservar evidencia.

Se recomienda contactar de inmediato a un abogado penalista para evaluar la estrategia de defensa.

Las penas dependen de la gravedad y publicidad del hecho, pudiendo fluctuar entre 61 días y 3 años.

Sí, cuando existe ánimo de injuriar y afectación relevante al honor de una persona.

Puede invocarse la excepción de verdad, lo que excluye responsabilidad penal en casos de calumnia.

Sí. No interviene el Ministerio Público, por lo que el proceso depende exclusivamente de la parte querellante.

Los Juzgados de Garantía con competencia penal.

El abogado querellante debe impulsar y probar el delito. El abogado defensor debe desacreditar los hechos o negociar salidas favorables.

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