Para personas imputadas
1. ¿Qué puedo hacer si alguien dañó mi reputación con acusaciones falsas?
Puede presentar una querella por los delitos de injurias o calumnias, según corresponda.
2. ¿Cómo se denuncia una injuria o calumnia en Chile?
Estos delitos solo pueden perseguirse mediante querella presentada por un abogado habilitado.
3. ¿Cuál es la diferencia entre injuria y calumnia?
La calumnia consiste en la imputación falsa de un delito determinado. La injuria corresponde a expresiones o actos que afectan la honra o reputación sin imputar necesariamente un delito.
4. ¿Es posible denunciar publicaciones ofensivas en redes sociales?
Sí. Existen fallos judiciales que han condenado expresiones realizadas en redes sociales cuando afectan gravemente la honra.
5. ¿Qué pruebas pueden utilizarse en estos delitos?
Pueden utilizarse publicaciones digitales, capturas de pantalla, audios, videos, mensajes y testigos, entre otros medios.
6. ¿Cuál es el plazo para ejercer acciones legales?
El plazo es de un año contado desde que la persona tomó conocimiento de los hechos.
7. ¿Se puede solicitar indemnización por daño moral?
Es posible alcanzar acuerdos económicos entre las partes, aunque no constituye el objetivo principal del proceso penal.
8. ¿Eliminar una publicación ofensiva extingue el delito?
No. La eliminación posterior no elimina la responsabilidad penal, razón por la cual es fundamental conservar evidencia.
9. ¿Qué debo hacer si me imputan injurias o calumnias?
Se recomienda contactar de inmediato a un abogado penalista para evaluar la estrategia de defensa.
10. ¿Cuáles son las penas asociadas?
Las penas dependen de la gravedad y publicidad del hecho, pudiendo fluctuar entre 61 días y 3 años.
11. ¿Puede configurarse delito por comentarios en redes sociales?
Sí, cuando existe ánimo de injuriar y afectación relevante al honor de una persona.
12. ¿Qué ocurre si lo dicho es verdadero?
Puede invocarse la excepción de verdad, lo que excluye responsabilidad penal en casos de calumnia.
13. ¿Estos delitos son de acción privada?
Sí. No interviene el Ministerio Público, por lo que el proceso depende exclusivamente de la parte querellante.
14. ¿Qué tribunal conoce estas causas?
Los Juzgados de Garantía con competencia penal.
15. ¿Cuál es el rol del abogado?
El abogado querellante debe impulsar y probar el delito. El abogado defensor debe desacreditar los hechos o negociar salidas favorables.