Delitos contra la propiedad intelectual e Industrial
Chile es un país que protege penalmente la propiedad intelectual e industrial, razón por la cual diversas conductas en relación a marcas patentadas, están sancionadas como delitos.
En Salas Stevens y cía Abogados, contamos con amplia experiencia en Delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial, representando en múltiples oportunidades tanto a empresas como a personas naturales que, por negligencia o desconocimiento, han realizado conductas sancionadas por esta Ley, tales como hacer uso indebido de marcas, importar irregularmente productos patentados, vender productos patentados sin autorización, entre otras.
Contar con experiencia en la materia, se traduce en importantes ventajas a la hora de tomar decisiones, dado que en este tipo de casos no sólo interviene el Ministerio Público sino también el Servicio Nacional de Aduanas.
Delitos Ley propiedad intelectual
La Ley 17.336 regula: “los derechos que se adquieren por la creación de obras y también los derechos conexos sobre estas”.
Principales delitos Ley de Propiedad Intelectual.
1. Delito de Falsificación, edición o reproducción de obra protegida.
El que falsifique obras protegidas, el que las edite, reproduzca o distribuya ostentando falsamente el nombre del editor autorizado, suprimiendo o cambiando el nombre del autor o el título de la obra, o alterando maliciosamente su texto, será sancionado con una pena de 61 días a los 540 días de reclusión, más multa de 10 a 1.000 UTM.
2. Delito de comercialización de copias de obras protegidas.
El que tenga para comercializar, comercialice o alquile directamente al público, copias de obras, de interpretaciones o de fonogramas, será sancionado con la pena de 61 días a 540 días de reclusión más multa de 50 a 800 UTM.
3. Delito de fabricación, o importación de copias de obras protegidas.
El que fabrique, importe, interne al país, tenga o adquiera para su distribución comercial, copias de obras, de interpretaciones o de fonogramas, será sancionado con una pena de 541 días a 5 años de reclusión más multa de 100 a 1.000 UTM.
Delitos Ley propiedad industrial
La Ley 19.039 protege “marcas comerciales, patentes de invención, modelos de utilidad, marcas colectivas y de certificación, secretos empresariales e industriales, los esquemas de trazado y circuitos integrados, y las indicaciones geográficas y denominaciones de origen”.
Lo que esta ley busca es proteger a los consumidores evitando confusión por la distintividad de una determinada marca, y, por otra parte, restringir prácticas comerciales desleales a partir de establecer el uso exclusivo de patentes específicas.
Delito marcario (Art. 28 Ley 19.039)
Sanciona a pagar una multa a beneficio fiscal de entre 25 a 1.000 UTM, a quienes maliciosamente usen, con fines comerciales, una marca igual o semejante a otra ya inscrita para los mismos productos, servicios o establecimientos.
Esta norma además sanciona a quienes, con fines comerciales, hagan uso de envases o embalajes que lleven una marca registrada, sin tener derecho a usarla y sin que ésta haya sido previamente borrada.
Estos delitos solo son perseguibles por el Ministerio Público previa denuncia.
Finalmente, también podría relacionarse con la propiedad industrial, la figura del artículo 284 del Código Penal, que castiga con una pena que va desde los 61 días a los 3 años de privación de libertad, o multa de 11 a 20 UTM, a quien fraudulentamente hubiere comunicado secretos de aquella fábrica, en la que esta o estuvo empleado.
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