Control de identidad. ¿Quiénes pueden efectuarlo?, ¿Cuándo?, ¿Qué tipos existen?

Con más de 10 años como defensor penal público y más de mil audiencias de control de detención, nuestro socio Ernesto Muñoz es, sin duda, la persona indicada para explicar en términos sencillos todos los aspectos relacionados con el control de identidad.

¿Qué es un control de identidad?

En términos generales es el acto mediante el cual un funcionario de Carabineros o de la PDI solicita a una persona que se identifique mediante su cédula de identidad.

¿Qué tipos de controles de identidad existen?

Existen dos tipos: el control de identidad preventivo, incorporado el año 2016 mediante la Ley 20.931, que permite a funcionarios policiales solicitar la identificación sin indicio ni sospecha alguna y solo para verificar la identidad de una persona, y el control de identidad investigativo, asociado a una diligencia policial que solo puede realizarse cuando existan indicios de la comisión de un delito.

¿En qué consiste el control de identidad investigativo?

En que funcionarios policiales pueden solicitar la identificación de cualquier persona sin necesidad de una orden o instrucción del fiscal.

¿Dónde está regulado el control de identidad investigativo?

En el artículo 85 del Código Procesal Penal.

¿Quiénes pueden realizar un control de identidad investigativo?

Solo Carabineros y la PDI. No pueden realizarlo las Fuerzas Armadas, Gendarmería ni guardias privados.

¿A quiénes pueden efectuar un control de identidad investigativo?

A cualquier persona mayor de 14 años.

¿Qué requieren los funcionarios policiales para realizarlo?

Debe existir un indicio, en casos fundados, de que la persona pudo haber cometido o intentado cometer un delito, de que podría aportar información útil para la investigación de un delito, o de que se encuentra encapuchada o embozada con el fin de ocultar o dificultar su identidad.

¿Pueden hacer un control investigativo solo por sospecha?

No. La ley exige al menos un indicio objetivo y verificable, por ejemplo, entregar dinero a cambio de papelillos en la vía pública.

¿Pueden revisar las vestimentas en un control investigativo?

Si.

¿Qué ocurre si en esa revisión encuentran droga o un arma?

La persona puede ser detenida y el control de identidad pasa a constituir una detención en flagrancia.

¿Qué pasa si no tienes tu cédula al momento del control investigativo?

La identificación puede realizarse con cualquier documento expedido por la autoridad pública, como licencia de conducir o pasaporte.

¿Qué ocurre si no tienes ningún documento?

La policía debe llevarte a la unidad policial más cercana y facilitar los medios para lograr una identificación satisfactoria por otras vías, como pase escolar, credencial de discapacidad del COMPIN o identificación biométrica vinculada al Registro Civil.

¿Qué deben hacer una vez verificada la identidad en la unidad policial?

Deben dejarte en libertad, salvo que exista una orden de detención vigente o que durante el registro se encuentre algún elemento ilícito, en cuyo caso pasarás a control de detención.

¿Cuánto puede durar un control investigativo?

Máximo 8 horas.

¿Qué ocurre si en 8 horas no logran verificar la identidad?

Deben dejarte en libertad, salvo que existan indicios de ocultamiento o entrega de identidad falsa.

¿Qué pasa si te niegas a identificarte u ocultas tu identidad?

Pueden detenerte por la falta de ocultación de identidad y llevarte a control de detención.

¿Cómo reclamar frente a un control investigativo ilegal?

Si fuiste llevado a control de detención, tu abogado puede y debe solicitar que se declare la ilegalidad de la detención.

¿Existen otros controles de identidad además del previsto en el artículo 85 del Código Procesal Penal?

Sí. Existen otras modalidades, pero el del artículo 85 es el único investigativo, que permite revisar vestimentas, equipaje o vehículos.

¿Qué otro control existe?

El control de identidad preventivo, regulado en el artículo 12 de la Ley 20.931.

¿Qué diferencias tiene el control preventivo respecto del investigativo?

El control preventivo no requiere indicios. Puede practicarse de manera aleatoria, incluso por sospecha, pero su finalidad es exclusivamente verificar órdenes de detención pendientes. No permite revisar vestimentas, equipaje ni vehículos.

¿Quiénes pueden efectuar un control preventivo?

Carabineros o la PDI.

¿A quiénes pueden realizar un control preventivo?

A cualquier persona mayor de edad. No puede aplicarse a menores y, en caso de duda, la ley ordena presumir que el controlado es menor de edad.

¿Cuánto puede durar un control preventivo?

Máximo 1 hora.

¿Qué ocurre si no puedes acreditar tu identidad en un control preventivo?

A diferencia del control investigativo, aquí la policía no puede trasladarte a una unidad policial para verificar tu identidad. Si no es posible verificarla en el mismo lugar, deben poner término al procedimiento y dejarte en libertad.

¿Qué pasa si te niegas a identificarte en un control preventivo?

Pueden detenerte por la falta de ocultación de identidad y llevarte a control de detención.

¿Qué deben hacer una vez verificada la identidad?

Deben dejarte en libertad, salvo que exista una orden de detención pendiente o que
hayas ocultado tu identidad.

Scroll al inicio