Carta al director publicada en Diario Constitucional, el 13 de mayo 2025, titulada“Consecuencias penales olvidadas de la pandemia”.

“Durante los años 2020 y 2021, en el punto más álgido de la pandemia, la Fiscalía Nacional informó, no sin cierto grado de orgullo, que 529.357 personas fueron imputadas por delitos contra la salud pública en el contexto del Covid-19, terminando 318.922 de ellas condenadas, obteniendo la Fiscalía de Chile un rotundo 60% de efectividad.

Para quienes no están familiarizado con el sistema penal, una condena no solo implica el cumplimiento de una pena y la pérdida de la irreprochable conducta anterior como circunstancia atenuante en eventuales procesos penales posteriores, sino también un estigma social grave, afectando muchas veces esta condición de “delincuente o condenado”, las expectativas personales y laborales que las personas puedan tener. ¿Pero merecen estas personas ser llamados delincuentes o condenados? Para responder esa pregunta debemos preguntarnos ¿en qué contexto ocurrieron estas condenas?, y la respuesta es en medio de una verdadera psicosis colectiva, que desplazó los principios más básicos y elementales del derecho penal, siendo todos lamentablemente testigos de cómo cientos de personas eran condenadas casi a diario por jueces que actuaban como brazos ejecutores del Ejecutivo, haciendo cumplir al pie de la letra medidas sanitarias confusas, antojadizas y muchas sin sustento científico serio, porque simplemente una comuna entraba en cuarentena y otra salía, o se cambiaba el aforo de un restaurante a pito de nada.

El derecho penal es la última ratio, o sea el último recurso estatal, sin embargo, este fue simplemente ignorado, pasando el estado de 0 a 100 en cuestión de segundos, decretando la justicia prisiones preventivas por simples infracciones sanitarias reiteradas, y condenado a personas por hechos tan inocuos como salir sin salvoconducto, transitar fuera del horario de toque de queda o no usar mascarilla en espacios públicos.

¿No es hora ya de hacer una revisión crítica? ¿Ameritaba una reacción de esta envergadura? En mi opinión más de 300 mil personas fueron condenadas por infracciones que hoy a la luz del tiempo y de un juicio sereno parecen derechamente absurdas. ¿Si hace poco tiempo atrás debatimos sobre la pertinencia de indultar a personas condenadas por delitos contra la propiedad en el marco del estallido social, por qué no discutir la posibilidad de revisar este tipo de condenas dictadas en un
contexto de temor, improvisación e irracionalidad?

No se trata de hacer un juicio contra las políticas sanitarias adoptadas aquella época, sino de recordar que el derecho penal no puede ni debe ser una herramienta de control social masivo, y que las garantías del debido proceso no se suspenden o flexibilizan por decreto o emergencia.

Ha pasado tiempo suficiente para hacer una reflexión jurídica y política profunda, que nos permita corregir los excesos de que fuimos testigos. Es hora de considerar seriamente una medida de reparación concreta, mediante un indulto general en favor de personas condenadas por exceso de celo estatal.

Nelson Salas
Abogado penalista


Diario Constitucional

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